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Estimado/a universitario/a:
Recientemente he dejado de pertenecer a la Universidad de Jaén, en unas condiciones anómalas que quizás pudieran ser de interés para quienes siguen formando parte de esa comunidad universitaria; pero si este no fuera el caso, puedes evitarte la lectura de lo escrito a continuación, rogándote aceptes mis disculpas por haber distraído tu atención.
Por el respeto que le tengo a los miembros de la Universidad, institución a la que he servido largo tiempo y a la que sigo amando, y porque creo firmemente que aquellos miembros de la comunidad universitaria que quieran conocer la verdad de unos hechos largamente manipulados, distorsionados y, hoy por hoy, constitutivos de alto riesgo para quienes se quedan en ella, tienen derecho a recibir información veraz de lo que sucede ahí, es por lo que a continuación relataré algunos de los últimos hechos acontecidos después de causar firmeza la segunda Sentencia, de mayo de 2003, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, condenatoria de la Universidad de Jaén y de la que oportunamente di cuenta a la comunidad universitaria.
A pesar de haber tenido que recabar ayuda de terceros para poder hacer esta comunicación y de lo dificultoso que me ha resultado, dada mi situación psicofísica, aunque sea un poco tarde, paso a informarte de lo siguiente:
1. El día 14 de octubre pasado, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) me notificaba una Resolución y se me comunicaba que, tras el expediente de Incapacidad promovido por la Mutua Fremap, se me pasaba a la condición de pensionista por "Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual", derivada del ACCIDENTE DE TRABAJO PADECIDO Y RECONOCIDO ASÍ POR TRES SENTENCIAS JUDICIALES FIRMES (S. NÚM. 204, de 10 de mayo de 2002, del Juzgado de lo Social, número 4 de Jaén, por la que se condena a la Universidad de Jaén a estar y pasar por la declaración de accidente de trabajo para la incapacidad sufrida por el demandante, por acoso moral y psicoterrorismo; la Sentencia 1.354/03 del 29 de abril del 2003 de la SECCIÓN SEGUNDA de la Sala de lo Social del T.S.J. de Andalucía, confirmando la anterior y la Sentencia NÚM. 141/04, de 25 de marzo de 2004, del Juzgado de lo Social, número 3 de Jaén, por la que se reconoce la continuidad del accidente de trabajo causado en 2001 y así declarado en las Sentencias anteriores).
2. El primer y más inmediato resultado de la decisión del INSS, con efectos del día 1 de octubre de 2004, supuso la brusca finalización de una carrera profesional de 29 años, 3 meses y 16 días, al servicio de la Universidad Pública Española o lo que es lo mismo la finalización de una carrera funcionarial obtenida mediante la superación de cuatro procesos de oposiciones (uno del grupo C en 1975, otro del grupo B en 1986, uno del grupo A en 1987 y otra oposición más, también del grupo A, en 1991) todas bajo los principios de igualdad mérito y capacidad, compitiendo con otros aspirantes, sin alegar siquiera la discapacidad física visual congénita que padezco, que de acuerdo con las normas legales vigentes me hubieran dado alguna facilidad en esos procesos, pero que preferí suplir con esfuerzo, como he hecho durante todos esos años en mi actividad profesional.
El segundo efecto, íntimamente ligado al anterior, se manifiesta en la merma de mis ingresos, pues por cada Euro percibido en concepto de sueldo durante el mes de septiembre y anteriores, en octubre, noviembre y en los meses venideros ha quedado reducido a 41 céntimos, que, en términos de renta anual, aún se rebaja hasta tres puntos porcentuales (38%), debido a que la pensión no devenga pagas extraordinarias.
3. Entre las previsiones del Ordenamiento Jurídico Español, cabe la finalización de la vida laboral de un funcionario, como la de cualquier otro trabajador, a causa de un "ACCIDENTE DE TRABAJO", pero lo que no tiene cobertura bajo el ordenamiento jurídico ni bajo la más elemental norma de decencia y vergüenza es que los directivos de una Administración Pública, que tienen la obligación de someterse a la Ley y al Derecho (art.103 CE) y por tanto incluye la obligación de preservar la salud de sus funcionarios, sean quienes causen el accidente de trabajo con la finalidad de poner fin a la vida laboral de un funcionario, y eso exactamente es lo que han hecho los directivos de la Universidad de Jaén.
4. El resultado de la "incapacitación" acordada por el INSS en octubre, es exactamente el resultado promovido por la Mutua Fremap, secundando lo pretendido por la Universidad, pues en el "Informe en materia de responsabilidad patrimonial", documento oficial de los Servicios Jurídicos de la UJA, de fecha 28 de junio de 2004, además de diversas descalificaciones que se reparten entre este reclamante, los juzgadores, médicos del servicio público de salud, servicio forense y otros profesionales, con un inusual desprecio por la "cosa juzgada", recoge datos reveladores y de un considerable valor a los efectos de consolidar los fundamentos de los fallos judiciales ya firmes y para fijar otros hechos que siendo conocidos, carecían hasta ese momento de un reflejo documental tan cualificado como el que recibe al aparecer en el citado informe, en cuanto que, entre otras cosas, en la página 10, párrafo cuarto, puede leerse lo siguiente:
"...la supuesta invalidez ... del Sr. Blánquez, sería para su puesto en la Universidad de Jaén y no en otras, ya que eliminado el supuesto causante de su enfermedad y fuera del ambiente hostil que alega, desaparecería la situación de incapacidad...".
Ese es el argumento utilizado por el Rector, por el Gerente y por aquellos que les secundaron en sus acciones ilegítimas: "quien no esté a gusto con lo que hay aquí, que se vaya", siendo el siguiente paso el de procurar el mayor disgusto posible a quien ya habían designado para que efectivamente se fuera; dos meses más tarde los deseos de los dirigentes de la UJA se han hecho realidad y ya estoy en el paro, lugar al que hace unos años se me amenazó con mandarme si no colaboraba, aunque no se me dijo en qué debía colaborar (pues ya cumplía con escrupulosa puntualidad mis obligaciones como funcionario público) tampoco se me dijo lo que pasaría si "colaboraba".
5. Con la manifestación escrita antes referida se materializa lo intrigado y tramado tantas veces entre bastidores y tales afirmaciones, aún a sabiendas de su falsedad, han sido repetidas hasta la saciedad por los directivos de la Universidad de Jaén (siguiendo la táctica del propagandista Goebbels: "una mentira repetida mil veces, acaba siendo verdad"), aunque ellos (a no ser que estén engañados por su propio Jefe, una técnica renacentista de malgobierno que esos jefes conocen bien: "engaña a tus embajadores para que actúen con convencimiento sobre lo que deben hacer") saben que, por mucho que lo repitan, lo de poder trabajar en otro sitio, como dicen, es mentira, primero porque mi profesión habitual es la de funcionario, aquí y en cualquier otro sitio, por lo que sólo cabría trabajar en otro lugar si se produjera una mejoría de las lesiones y secuelas de carácter psicológico y neurológico que ellos mismos me han producido; pero hay algo más, ellos son conocedores de que el estado actual de mi discapacidad física alcanza el 79% y es en esas condiciones en las que, ejecutando una abyecta burla, pretenden que busque trabajo en otro sitio, después de 29 años de servicio a la Universidad, de los que más de veinte fueron prestados en Centros Universitarios de Jaén, sin haber tenido durante ese tiempo más bajas laborales que las derivadas del accidente provocado por ellos mismos.
6. La realidad, con independencia de los motivos que les haya inducido a actuar del modo que lo han hecho, es la que podría recogerse en el hipotético anuncio siguiente:
"Funcionario, perteneciente a cuatro cuerpos y escalas, en paro (sí, por paradójico que parezca), de 50 años, con 29 de experiencia en la Administración Universitaria e incapacidad permanente total para su profesión habitual, a causa de accidente de trabajo (mobbing), con hipovisión y un grado de discapacidad del 79%, busca empleo. Referencias en la Universidad de Jaén".
7. Entre las múltiples actividades de difamación seguidas contra mi persona desde el Equipo de Gobierno, ha ocupado un lugar importante mi discapacidad física congénita (hipovisión), cuya corrección, los matones y gamberros del Instituto donde cursaba el Bachillerato, la veían hace años como "gafas de culo de vaso" y a algunos miembros del gobierno universitario le sugieren el "Dos de Oros", alias con el que me designan; lo siguiente ha sido atribuirme ambiciones que nunca se me pasaron por la cabeza, del estilo: "fijaos en él, que ve menos que un gato yeso y quiere ser...", luego cada uno sustituye los puntos suspensivos por el puesto que ocupa él mismo o el interlocutor o los sustituyen por el carguillo que les gustaría ocupar a alguno de ellos y así se construyen a medida la amenaza o el enemigo que necesitan, para justificar lo injustificable: las acciones represivas y violentas o las omisiones precisas para destruir a quien les estorba por algo que ellos sabrán lo qué es y que probablemente nunca confesarán; ya sólo les queda añadir la consigna: "el enemigo a la cuneta" o "el enemigo con las piernas rotas", todo ello entre aparentes chanzas que sin embargo ejecutan, aunque lo que rompan sean las cadenas neuronales que son más difíciles de radiografiar.
8. Mis supuestas "intenciones" tantas veces enjuiciadas por mis acosadores, como si hubieran existido realmente, no son precisamente las de un ambicioso político, pues incluso carezco de filiación partidista (nunca la tuve) y la principal "intención" que ha dominado mi vida ha sido tan simple como la disfrutada durante años: trabajar entre gente honrada, servir a la sociedad y gozar hasta la edad de jubilación de los derechos adquiridos mediante el esfuerzo personal, eso, para un discapacitado que conoce sus limitaciones, es suficiente y tal vez por eso precisamente me haya sido arrebatado.
9. Quienes no hayan seguido íntegramente el proceso de acoso moral de que he sido objeto o quienes quieran hacerse una idea aproximada del mismo, es necesario que sepan que una de las características del proceso de acoso, como de cualquier otra actividad violenta, es su ocultamiento por parte de los autores, ya sean principales o secundarios, así como las acciones violentas de los colaboradores necesarios o cómplices, su disimulo, la negación y aún la inculpación de la víctima ("algo habrá hecho" o "se lo merece"), pero básicamente es un proceso de erosión de la fama del elegido como objetivo (chivo expiatorio) a quien se quiere presentar como una persona "conflictiva" y con otras características que se le inventan a medida.
10. En el caso que me afecta, no creo que haya habido "conflicto", porque eso sugiere una confrontación entre partes en condiciones equilibradas y es que no creo que haya conflicto entre las presas que se pretenden cobrar en una montería y los "efectivos" que la componen (personas, generalmente hombres, armas, vehículos, perros, etc.).
En mi caso no existió un conflicto "estrictu sensu" con personas y mucho menos con la Universidad a la que precisamente defiendo de aquellos que se arrogan la exclusividad de "ser ellos la Universidad", olvidando que la institución la componen más de 15.000 personas y otros efectivos materiales (patrimonio, presupuesto público, etc.) para el cumplimiento de un fin, también público, debiendo someterse en todo caso a la Ley y al Derecho, de tal modo que la Universidad debe ser defendida, incluso y, seguramente en primer lugar, frente a sus propios dirigentes, cuando sean éstos quienes conculquen la legalidad vigente.
11. No es este el momento ni el lugar de hacer balance del trabajo realizado por mí (tanto el retribuido como el voluntario, por el que evidentemente nadie me debe nada ya que nunca pretendí cobrarlo), ni es momento de reivindicar nada, quien quiera puede ver un resumen de mi curriculum en: http://retirodesisifo.tk/ , pero, a ti que te quedas, sí puede resultarte útil saber cuales son las circunstancias y los comportamientos más peligrosos en la Universidad de Jaén:
· Es peligroso ser independiente: en pensamiento y en origen (carecer de padrinos profesionales, sociales o políticos) para mí ha sido letal no ser de Jaén, no tener filiación a ningún partido político y haber accedido a la función pública en turnos libres, por mérito y capacidad.
· Es peligroso contrariar a los detentadores del poder, especialmente cuando se les advierte de que están actuando fuera de la ley.
· Es peligroso trabajar bien y obtener reconocimiento en el exterior.
· Es peligroso creer en la ley y mucho más peligroso pretender que se aplique.
· Es muy peligroso tener algún defecto o característica física que te convierta en "discapacitado/a".
· En suma es peligroso todo lo anterior y posiblemente todo lo contrario, porque lo verdaderamente peligroso es la VIOLENCIA INSTITUCIONALIZADA, mediante la anomia (falta de normas o aplicación caprichosa de las existentes), la autocracia y la impunidad que disfrutan los autócratas que miden su poder consigo mismos, desafiando al Estado de Derecho y haciendo lo que les da la gana, como en el verso de Juvenal: "Hoc volo, sic jubeo, sit pro ratione voluntas" (lo quiero, lo mando, sirva mi voluntad de razón), son los "caprichos" que reivindican los socios de esos directivos, incluso ante los Tribunales de Justicia: El escrito de 3 de julio de 2002 en que la Mutua FREMAP, entidad condenada también, al formalizar su recurso de suplicación (luego rechazado al igual que el de la Universidad de Jaén) en la página 4, párrafo final, me reprochaba la participación en concursos para la provisión de puestos de libre designación y dice lo siguiente:
"...voluntariamente solicitaba participar en la provisión de puestos de trabajo de libre designación, a sabiendas que dichos puestos son de confianza y pueden ser modificados 'a capricho' por quien efectúa la designación según las necesidades de la Universidad".
12. Por último, quiero poner a tu disposición alguna de las pruebas que corroboran lo que, con verdad y sin ira, he dicho más arriba; me estoy refiriendo al penúltimo episodio de acoso que fue ejecutado de propia mano por Don Luis Parras, ante el Consejo de Gobierno, dándome así el golpe de gracia y consumando mi eliminación del ámbito laboral de la Universidad de Jaén (su Universidad):
12.1. El 18 de junio de 2003, con el pretexto de responder a la pregunta de algunos consejeros sobre las dos primeras condenas dictadas contra la Universidad de Jaén, decretando que mi baja laboral había sido a consecuencia de accidente de trabajo, por conductas de acoso moral o mobbing, Don Luis Parras, ejerciendo como Rector, en el Pleno de dicho Órgano, hace entrega a los Consejeros de un INFORME ANÓNIMO, plagado de mentiras e inexactitudes que atentaba de nuevo contra mi integridad moral (puede verse ahora en: http://retirodesisifo.tk/ , al que cuando pude, con ayuda de profesionales, respondí, enviando a todos los Consejeros el escrito que ahora puede verse en la misma Web que el anterior, aclarando o desmintiendo lo que no se ajustaba a la verdad; sin embargo, tal escrito no fue entregado a los Consejeros en un acto de censura que por una parte impide al ofendido ejercer sus derechos constitucionales a la defensa y a comunicar información veraz a los Consejeros y, por otra parte, impide a los propios Consejeros recibir la información veraz a que tienen también derecho por reconocérselo así la misma Constitución.
12.2 Con fecha 25 de marzo de 2004, se dictó la tercera Sentencia, que una vez más condena a la Universidad a reconocer el accidente de trabajo que me causaron; después, los propios condenados, promueven el expediente de incapacitación y lo hacen ocultando que todas las acciones y omisiones de acoso, los daños y secuelas producidas en mi salud, las han llevado a cabo sobre una persona discapacitada, de forma alevosa y con el fin, ya alcanzado, de reducir al mínimo el importe de la pensión.
12.3 En abril de 2004, mi representación legal, instó la tramitación de un expediente de responsabilidad patrimonial, en el que no obstante la imposibilidad de reparar los daños, se reclama de la Administración Pública responsable una indemnización para resarcir, al menos simbólicamente, y paliar el daño moral causado al reclamante, el de su estado de salud física y psíquica, el de su integridad moral, y los causados a su relación familiar y social, a su autoestima personal y a su economía, resultando dicha valoración, tomando como referencia cien millones de las desaparecidas pesetas, en la cantidad de SEISCIENTOS UN MIL DOCE EUROS y DIEZ CENTIMOS (601.012,10 €).
12.4. En la tramitación del expediente instado, al elaborarse por los Servicios Jurídicos de la Universidad de Jaén, el informe ya referido, de 28 de junio pasado, se aprovecha para difamar nuevamente al reclamante y, entre otras acusaciones, en la página 10, penúltimo párrafo, después de atribuirme otro juicio de intenciones, se dice: "...se pone de manifiesto la intención de sacar partido del reclamante, de la situación con un claro abuso de la normativa, con la única realidad de obtener un beneficio secundario...". Eso se dice cuando el "beneficio primario" obtenido es la expulsión de la Universidad y del mundo laboral.
12.5 Frente a tan malévola afirmación, gratuita y carente de fundamento, cabe contraponer que a la acción ilegitima de un grupo organizado, y bajo la cobertura de una Administración Pública, han desarrollado actividades tan graves como las que han dado lugar a un accidente de trabajo tres veces reconocido en Sentencias firmes, a efectos de resarcir los daños causados, sin perjuicio de otras responsabilidades, por lo que cabe aplicar el Código Civil en su artículo 1902: "El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado", que es el fin único de la reclamación formulada.
Colofón: Entré a la Universidad libremente, sano e ilusionado, me han echado de forma prematura, vejado y humillado, quebrando mi salud y cercenando mis derechos, como persona, como discapacitado y como funcionario, y eso ocurre con la mayor impunidad en una institución como la Universidad, pagada por todos los ciudadanos con sus impuestos; no se necesitan más comentarios, pero la sociedad debería saber la clase de monstruo que está costeando, al mantener en la dirección de tan noble institución a las personas que mantiene.
Ahora que no pueden atribuirme veleidades de poder ni de acceso a cargos o carguillos, con la misma convicción que he tenido antes, ratifico mi firme creencia en que la Comunidad Universitaria no se merece ese gobierno, y la de que ésta no es la Universidad democrática por la que tantas generaciones de personas hemos trabajado a lo largo de varios siglos; igualmente estoy convencido de que ni la sociedad de Jaén, ni la de ningún otro lugar se merece semejante trato de unos dirigentes retribuidos con fondos públicos, que hacen que una Institución que proclama, en el artículo 2 de sus Estatutos, los valores de justicia, libertad, igualdad, solidaridad y pluralismo sea repetidamente condenada por los Tribunales de Justicia por vulnerar el Ordenamiento Jurídico, cuando deberían mantenerla en cotas de prestigio acorde con la valía profesional y humana de la mayoría de sus miembros, que son la gente honrada con la que se me ha impedido seguir trabajando.
Atentamente,
Antonio Blánquez Corral
Técnico de la Administración Universitaria. Doctor en Derecho.
www.retirodesisifo.tk/

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