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¿Qué es el mobbing inmobiliario? Por primera vez en España, un juez ha dictado sentencia contra un propietario por cometer mobbing inmobiliario. Pero, ¿en qué consiste concretamente este delito? Habitualmente, cuando escuchamos la palabra 'mobbing', rápidamente la asociamos con el mundo laboral. En realidad, con este término se pretende designar genéricamente la presión con que algunas personas más poderosas someten a otras para que se dobleguen a sus requerimientos. Tal y como está mostrando la realidad, no sólo en el mundo laboral se dan estos abusos, también dentro del sector inmobiliario. Las primeras voces que comenzaron a alertar acerca de este problema surgieron en el casco antiguo de Barcelona, donde muchos inquilinos de viviendas de renta antigua eran sometidos a presiones por parte de las inmobiliarias propietarias con el fin de reconvertir las fincas en negocios más rentables como nuevos inmuebles más caros, locales comerciales u hoteles. En estos casos, los propietarios intentan llegar a un acuerdo con los inquilinos, pero normalmente éstos, ancianos sin poder adquisitivo, prefieren quedarse por motivos económicos y sentimentales. La mayoría llevan viviendo en estas casas toda su vida. Cuando los inquilinos rechazan los acuerdos es cuando comienza la pesadilla. Los propietarios no arreglan las averías o las provocan intencionadamente con el fin de que los inquilinos no aguanten más los problemas y se vayan. En otros casos, se engaña al arrendatario con que el pago de la mensualidad cambiará de periodicidad: al no abonar la renta, los dueños del inmueble pueden pedir una orden de desahucio ante la estupefacción del inquilino. También se han dado casos de cortes de luz en los portales, robos en los buzones o averías intencionadas en los porteros automáticos. Muchos habitantes no aguantan la presión y acaban abandonando su casa de toda la vida. Indefensión En estos casos, los vecinos se sienten indefensos ante este tipo de acoso, sobre todo porque es difícil probar las anomalías y porque los inquilinos suelen ser personas mayores con pocos recursos para permitirse pagar a un abogado. En muchos casos, los ayuntamientos se ven con las manos atadas y lo máximo que pueden hacer es multar al propietario cuando el abandono de la finca es un hecho, o bien negarse a aceptar la declaración de ruina de un inmueble. La admisión a trámite en el último año de casos de mobbing inmobiliario demuestra que no estamos ante de hechos aislados, sino que es un problema más extendido de lo que se cree y que requiere atención social y jurídica para erradicarlo. Primeros avances Uno de los pasos iniciales en el reconocimiento legal de este tipo de conductas fue la reapertura de la primera querella de mobbing que se produjo en España, presentada en 2003 y reabierta por orden de la Audiencia de Barcelona en mayo de 2004. La situación llegó a extremos alarmantes. Según la demandante, una viuda de 75 años que disfrutaba de un contrato de alquiler indefinido desde 1936 con una renta mensual de 40 euros, se vio coaccionada por el propietario a abandonar la finca voluntariamente, renunciando a la indemnización que por ley le pertenece por rescisión del contrato. Para conseguir el abandono de la vivienda, el piso se encontraba en un importante estado de deterioro y abandono, infestado de ratas y cucarachas, y lleno de grietas; por no mencionar los problemas en el suministro de agua y electricidad, y la aparición de unos okupas que se habían instalado en el terrado. La sentencia continúa pendiente en los tribunales. Victoria legal en Getxo Afortunadamente, parece que la Justicia comienza a reconocer la gravedad de este tipo de conductas. Un caso severo de mobbing es el que recientemente se ha conocido en Getxo (Vizcaya) y que al final ha dado la razón a los inquilinos, en lo que es la primera sentencia en España que reconoce este tipo de coacciones inmobiliarias. Hace más de un año comenzaron los problemas para los vecinos de la casa Tangora, un edificio de cinco plantas dividido en tres viviendas, dentro del barrio de Neguri. Un empresario adquirió el piso intermedio que estaba entre los otros dos, pero quería hacerse con el edificio entero. Los vecinos del primer piso, un dúplex, se negaban a vender, así que el empresario cedió su propiedad a una familia gitana de treinta miembros. Desde mediados de 2003, los vecinos del edificio presentaron más de 50 denuncias por amenazas, robos e inundaciones, en lo que se había convertido en una auténtica campaña de acoso para expulsar a los antiguos inquilinos de la casa. Un juez de Getxo dictó en agosto de 2004 medidas cautelares contra los acusados por mobbing inmobiliario en el edificio: el empresario y tres de los treinta inquilinos de etnia gitana. La sentencia obliga al desalojo de los imputados, su expulsión de la localidad de Getxo y una orden de alejamiento de los vecinos. Los habitantes de la casa Tangora tuvieron que soportar graves amenazas el mismo día en el que desalojaron a los acosadores. El magistrado reconoce así en su sentencia que los imputados ejercían "un plan sistemático de acoso contra sus vecinos", precisamente lo que se conoce como mobbing inmobiliario. Sin duda se trata de una victoria legal histórica que abre un camino esperanzador para la protección contra este tipo de delitos. Fuente: www.elmundo.es
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| El Refugio de Esjo * MobbingLat |